Traslado a papel de copias electrónicas

La Resolución de 17 de julio de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado desestima un recurso sobre una calificación registral negativa basada en que el notario autorizante había utilizado, para conformar el juicio de suficiencia de la representación alegada, la exhibición de un traslado a papel de una copia autorizada electrónica remitido a otro notario distinto, pues ese traslado solo tiene el valor de testimonio, el notario que lo utiliza no es el notario destinatario y esa no es la finalidad de la copia autorizada electrónica. Comentario de Jose Carmelo Llopis Benlloch

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