Exhibición de protocolo

Quien tiene derecho a obtener copia, tiene derecho a que se le exhiba el protocolo. Según RDGSJFP de 25 de julio de 2024:
Siendo ambos supuestos -examen del protocolo y copia del instrumento público- excepciones al mismo principio de secreto de protocolo, se impone la necesidad de adoptar una interpretación unitaria de los preceptos notariales que permita afirmar que el derecho de obtener comunicación del protocolo tiene un ámbito personal coincidente, cualquiera que sea el medio empleado, de manera que, quien tiene derecho a la exhibición del protocolo, tiene derecho a obtener copia
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