Compareciente | Persona con facultad elevar públicos acuerdos: 1) certificante 2) miembro consejo autorizado o 3) apoderado |
Certificación | Realizada por S ( o vice Sº) con visto bueno de Presidente ( o vicepresidente) |
Titularidad real | Si no hay nadie >25% consejeros delegados o si no hay todos los miembros del consejo |
Escritura de emisión | |
Acta de desembolso | |
Notificación del inversor | con publicación en página web sociedad ( si hay) y en el mercado |
Si se hace Aumento de capital | 166 RRM exige:
*aumento, *si se hace por nuevas acciones o aumento valor nominal y *contravalor
- Identificación de las acciones
- Prima por acción y que ha sido pagada.
- Derecho de suscripción preferente. Si se suprime total o parcialmente →memoria e informe del auditor de cuentas con nombre y fecha.
- Si se aumenta el valor nominal, consentimiento de todos salvo que sea integramente con cargo a reservas o beneficios.
- Acciones suscritas, desembolsadas y adjudicadas o suscripción parcial.
-Manifiestación de cumplimiento del boletín de suscripción si había ( ant 160 LSA) y los requisitos para admisión en mercado de valores ( ant art 26 LMV)
- Modificación de los estatutos.
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Si es por delegación en Consejo | 167 RRM. el contenido íntegro del acuerdo de delegación, la cuantía dispuesta respecto del límite de la delegación y la que queda por disponer |
Inscripción Aumento no ejecutado | Art 508 LSK lo permite en sociedades cotizadas salvo que se hubiera excluido la posibilidad de suscripción incompleta.
Una vez inscrito y otorgada la escritura de ejecución, las acciones podrán ser entregadas y transmitidas.
La escritura de ejecución fijará el importe final del aumento de capital sin necesidad de detallar la identidad de los suscriptores y se presentará a inscripción dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su otorgamiento. |
Inversión extranjera | |
Manifiestación no cierre Registro | 108.4 RRM manifestación de no constancia de cierre registro mercantil |