Acuerdos de sociedades de capital mayorías y quorums esquema

Sociedades limitadas

Quorum
No hay
Acuerdos generales.198 LSK
(ojo solo hay una convocatoria) Mayoría simple siempre que representen como mínimo 1/3 de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social (Quorum implícito)
Acuerdos que requieren mayoría reforzada. 199 a) El aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales
Voto favorable de más de la mitad de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social.
Acuerdos que requieren mayoría super reforzada 199 b) La autorización a los administradores para que se dediquen, por cuenta propia o ajena, al mismo, análogo o complementario género de actividad que constituya el objeto social; la supresión o la limitación del derecho de preferencia en los aumentos del capital; la transformación, la fusión, la escisión, la cesión global de activo y pasivo y el traslado del domicilio al extranjero, y la exclusión de socios
Voto favorable de, al menos, 2/3 de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social.
Acuerdos con mayoría reforzada estatutariamente.200 LSK
Para todos o algunos asuntos determinados, los estatutos podrán exigir un porcentaje de votos favorables superior al establecido por la ley, sin llegar a la unanimidad. Podrán exigir, además de la proporción de votos legal o estatutariamente establecida, el voto favorable de un determinado número de socios.

Sociedades anónimas

Quorum ordinario 193 LSK
1ª Convocatoria→ que accionistas presentes o representados posean, al menos, el 25% del capital suscrito con derecho de voto. 2ª Convocatoria→ no hay quorum. Los estatutos pueden aumentar quorums.
Quorum reforzado 194 LSK para *el aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales, *la emisión de obligaciones, *la supresión o la limitación del derecho de adquisición preferente de nuevas acciones, *así como la transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo y el traslado de domicilio al extranjero.
1 ª convocatoria → accionistas presentes o representados que posean, al menos, el 50% del capital suscrito con derecho de voto. 2ª convocatoria → 25% de dicho capital. Los estatutos sociales podrán elevar esos quórum previstos en los apartados anteriore
Acuerdos generales 201 LSK
Mayoría simple
Acuerdos en caso de quorum reforzado 201 LSK
si K presente o representado ≥ 50% (dice > pero es lógico entender ≥) →mayoría absoluta. Si K presente o representado < 50% → 2/3 Los estatutos podrán ampliar esas mayorías