Sociedades limitadas
Quorum | No hay |
Acuerdos generales.198 LSK | (ojo solo hay una convocatoria) Mayoría simple siempre que representen como mínimo 1/3 de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social (Quorum implícito) |
Acuerdos que requieren mayoría reforzada. 199 a) El aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales
| Voto favorable de más de la mitad de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social. |
Acuerdos que requieren mayoría super reforzada 199 b) La autorización a los administradores para que se dediquen, por cuenta propia o ajena, al mismo, análogo o complementario género de actividad que constituya el objeto social; la supresión o la limitación del derecho de preferencia en los aumentos del capital; la transformación, la fusión, la escisión, la cesión global de activo y pasivo y el traslado del domicilio al extranjero, y la exclusión de socios | Voto favorable de, al menos, 2/3 de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social. |
Acuerdos con mayoría reforzada estatutariamente.200 LSK | Para todos o algunos asuntos determinados, los estatutos podrán exigir un porcentaje de votos favorables superior al establecido por la ley, sin llegar a la unanimidad.
Podrán exigir, además de la proporción de votos legal o estatutariamente establecida, el voto favorable de un determinado número de socios. |
Sociedades anónimas
Quorum ordinario 193 LSK | 1ª Convocatoria→ que accionistas presentes o representados posean, al menos, el 25% del capital suscrito con derecho de voto.
2ª Convocatoria→ no hay quorum.
Los estatutos pueden aumentar quorums.
|
Quorum reforzado 194 LSK para *el aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales, *la emisión de obligaciones, *la supresión o la limitación del derecho de adquisición preferente de nuevas acciones, *así como la transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo y el traslado de domicilio al extranjero. | 1 ª convocatoria → accionistas presentes o representados que posean, al menos, el 50% del capital suscrito con derecho de voto.
2ª convocatoria → 25% de dicho capital.
Los estatutos sociales podrán elevar esos quórum previstos en los apartados anteriore |
Acuerdos generales 201 LSK | Mayoría simple |
Acuerdos en caso de quorum reforzado 201 LSK | si K presente o representado ≥ 50% (dice > pero es lógico entender ≥) →mayoría absoluta.
Si K presente o representado < 50% → 2/3
Los estatutos podrán ampliar esas mayorías |