Se equipara a las parejas de hecho inscritas según STS 1305/2023, 23 de Octubre de 2023,  que dice que están equiparadas las parejas de hecho a los matrimonios a los efectos de la obtención del título de familia numerosa y su disfrute tanto por los hijos como por los progenitores sin exclusión de ninguno de éstos. El único requisito es la inscripción en un registro de uniones de hecho para acreditar la convivencia.

Powered by Notaku
Share