Descripción de las fincas

Se ha de apreciar la identidad

el acceso al Registro de los títulos exige que la descripción que en ellos se contenga de la finca objeto del correspondiente acto o negocio jurídico permita apreciar de modo indubitado la identidad entre el bien inscrito y el transmitido (cfr. Resoluciones de 29 de diciembre de 1992 y 11 de octubre de 2005)».
Sin embargo La omisión en los títulos de algunos de los datos descriptivos con que las fincas figuran en el Registro no constituye en todo caso un obstáculo para la inscripción, si cabe apreciar de modo indubitado la identidad entre el bien inscrito y el transmitido RDG 17 mayo 2021

Problemas

Finca inscrita sin superficie

Resumen: Inscrita una finca sin superficie, para su constancia se debe tramitar, bien el procedimiento del art. 199 LH, bien del art.201.1 LH. No cabe el procedimiento del art. 201.3 LH. Si consta la superficie ocupada del terreno está será la superficie de la finca en principio. R 14 junio 2021

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